La diputada Vanina Biasi del FITU-PO, fue procesada

Por expresiones antisemitas. La medida se basa en una serie de tuits con acusaciones, que realizó contra el Estado de Israel.
El juez federal Daniel Rafecas dictó el procesamiento de la diputada nacional Vanina Biasi, referente del Frente de Izquierda y de los Trabajadores – Partido Obrero (FITU – PO), por infracción a la Ley Antidiscriminatoria 23.592.
La medida se sustenta en una serie de publicaciones realizadas en la red social X, en las que la legisladora equiparaba al Estado de Israel con el régimen nazi, atribuyéndole además un carácter genocida, y estableciendo paralelismos entre el conflicto en Medio Oriente y el Holocausto.
El magistrado sostiene que el conjunto de expresiones ofensivas hacia la colectividad judía, excede ampliamente los márgenes de la libertad de expresión. Además, señaló que la imputada no puede desconocer el contexto particular de Argentina, país que fue víctima de dos atentados motivados por el antisemitismo.
La resolución del juez Rafecas expresa:
En la resolución, el magistrado argumentó que “el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, ya que puede ser legítimamente limitado cuando conflicto con otros derechos fundamentales. En este sentido, las manifestaciones que fomentan el odio, la violencia o la discriminación pueden estar fuera de su protección, porque amenazan los valores democráticos y los derechos de terceros”.
Rafecas concluyó que “las ocho publicaciones individualizadas en esta resolución no exceden el análisis que les permitiría ser considerado dentro del alcance del ejercicio legítimo del derecho de libertad de expresión”. Como explicó, los mensajes “alentarían o incitarían a la persecución o odio contra la comunidad judía, hiriendo los principios de igualdad y el tratamiento no discriminatorio”.
El juez también indicó: “Al analizar las publicaciones, se puede ver que sus manifestaciones no pueden ser celebradas por meras críticas dirigidas hacia las autoridades temporales o al gobierno israelí por sus acciones o políticas circunstanciales, un extremo que conduzca a considerar el caso enmarcado en la libertad de expresión del sesgo subcutado”.
En ese sentido, consideró que es “mensajes de contenido anti -semítico marcado”. Como dijo, “el designado caracteriza directamente al estado de Israel (no simplemente a su gobierno o autoridades temporales), y al sionismo, como genocida y nazi, como ocupantes de un territorio (ignorando sus derechos), y como autor de un apartheid”.
Finalmente, Rafecas enfatizó el estado del funcionario público del acusado: “En relación con la identidad del orador, el hecho de que el designado sea actualmente diputado nacional, y en el momento de los hechos fue elegido Diputado, lo que se da cuenta de que su discurso es leída por un gran número de personas no es comprensible».