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La AFIP simplificó un trámite para la compraventa de autos usados

Qué va a pasar con el certificado CETA

El trámite fue derogado mediante la resolución 5505 publicada este jueves en el Boletín Oficial. Según informó el organismo a cargo de Florencia Misrahi, la decisión permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes y permite “modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios”.

De este modo, la AFIP eliminó la utilización del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados.

Qué es el certificado CETA y por qué lo derogó el Gobierno

El Certificado CETA es un formulario que tenían que pedir las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas a la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina. Este documento era completado por el vendedor del auto. A partir de la resolución 5505 de la AFIP, deroga “el Título I de la Resolución General N° 2729” que correspondía a la presentación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la compraventa de un auto o moto usado.

La eliminación del trámite permite “modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios”. Antes de la decisión tomada por el Gobierno, se tenía que tramitar el formulario cuando la las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados superaban los $10.919.766.

Cuáles son lo nuevos montos para declarar compraventas de vehículos e inmuebles ante AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos que los contribuyentes deben declarar transferencias de operaciones de compraventa o intermediación de motos y autos usados. Además, modificó aquellos para la negociación, oferta o transferencia de inmuebles. Rigen desde el 1 de abril.

  • Autos usados: el monto pasa de $1.100.000 a $2.669.276. Los contribuyentes deben declarar ante AFIP las operaciones de intermediación o compraventa por cuenta propia o de terceros.
  • Motos usadas: el valor a partir del cual se debe declarar transferencia se elevó de $450.000 a $1.091.977.
  • Bienes inmuebles: el mínimo pasó a $22,8 millones. En caso de igualar o superar ese monto se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI).

 

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