«Interpuse una demanda de acción autónoma de nulidad en el Juzgado Federal número 1 contra el Estado Nacional a través de una acción meramente declarativa de nulidad manifiesta y absoluta por la delegación de facultades conferida a la Presidencia de la Nación a partir de la aprobación de la ley denominada de Bases, violando la Constitución Nacional en su artículos 29; violando el Código de Procedimiento Civil y Comercial en el artículo 330 y los artículos 386, 389, 387, 390 y 392 del mismo Código Civil y Comercial», había planteado el tucumano.
El capítulo de la Ley Bases cuestionado permite al Presidente de la Nación realizar reformas sin pasar por el Congreso de la Nación -aunque expresamente requieran de la aprobación de las Cámaras-, que se circunscribe a fiscalizar al Ejecutivo. En el camino, sin embargo, el Gobierno tuvo que ceder y realizó concesiones que permitieron que las facultades delegadas, inicialmente pensadas en 11 materias, pasen a cuatro espectros: materia administrativa, económica, financiera y energética. De esta manera, Milei puede modificar por decreto la estructura y los objetivos de cientos de organismos y empresas del estado, a la vez que autorizar la enajenación de bienes.
«Es importante recalcarlo porque se han cometido abusos y se ha perdido la concepción de república, el pueblo gobierna a través de sus representantes y acá han sido delegadas las potestades de sus representantes en suma al presidente de la república», insistió Romero. Y agregó: «Los ciudadanos no votamos esta delegación de facultades, no fue parte de la plataforma de campaña de la Restauradora Avanza (como le digo a LLA). No estamos en guerra civil o en emergencia pública para que el Congreso otorgue facultades extraordinarias, que deben ser fijadas para temáticas específicas, casos puntuales y por un plazo determinado», había explicado Romero.