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La Nación tiene 60 días para responderle a Enrique Romero su demanda por los «superpoderes» de Milei

La Justicia federal notificó a las partes en la demanda que inició Enrique Romero contra el Estado Nacional por la inconstitucionalidad de los «superpoderes» conferidos al presidente, Javier Milei, que forman parte de los artículos de la denominada «Ley Bases». La Nación tiene hasta comienzos de abril para responder.
«En consecuencia, con las copias respectivas, córrase traslado de la demanda al ESTADO NACIONAL por el plazo de SESENTA DÍAS, con más seis (6) en razón de la distancia dentro del cual la demandada deberá comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley», reza el despacho de la Justicia Federal en la causa «Romero, Enrique Fernando contra el Estado Nacional de la República Argentina sobre Acción Meramente Declarativa de Derecho».
Romero había demandado en la Justicia Federal al Estado Nacional planteando la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley Bases -sancionada el año pasado- que le asignan a Milei facultades extraordinarias mediante la delegación de funciones que le son propias al Congreso de la Nación.

«Interpuse una demanda de acción autónoma de nulidad en el Juzgado Federal número 1 contra el Estado Nacional a través de una acción meramente declarativa de nulidad manifiesta y absoluta por la delegación de facultades conferida a la Presidencia de la Nación a partir de la aprobación de la ley denominada de Bases, violando la Constitución Nacional en su artículos 29; violando el Código de Procedimiento Civil y Comercial en el artículo 330 y los artículos 386, 389, 387, 390 y 392 del mismo Código Civil y Comercial», había planteado el tucumano.

El capítulo de la Ley Bases cuestionado permite al Presidente de la Nación realizar reformas sin pasar por el Congreso de la Nación -aunque expresamente requieran de la aprobación de las Cámaras-, que se circunscribe a fiscalizar al Ejecutivo. En el camino, sin embargo, el Gobierno tuvo que ceder y realizó concesiones que permitieron que las facultades delegadas, inicialmente pensadas en 11 materias, pasen a cuatro espectros: materia administrativa, económica, financiera y energética. De esta manera, Milei puede modificar por decreto la estructura y los objetivos de cientos de organismos y empresas del estado, a la vez que autorizar la enajenación de bienes.

«Es importante recalcarlo porque se han cometido abusos y se ha perdido la concepción de república, el pueblo gobierna a través de sus representantes y acá han sido delegadas las potestades de sus representantes en suma al presidente de la república», insistió Romero. Y agregó: «Los ciudadanos no votamos esta delegación de facultades, no fue parte de la plataforma de campaña de la Restauradora Avanza (como le digo a LLA). No estamos en guerra civil o en emergencia pública para que el Congreso otorgue facultades extraordinarias, que deben ser fijadas para temáticas específicas, casos puntuales y por un plazo determinado», había explicado Romero.

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